Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015-S3
Fecha: 05-Ene-2015
2º
2º En atención al transcurso del tiempo desde la emisión de la Resolución 16/2014 de 6 de junio, hasta la presente fecha, se dimensiona los efectos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, manteniéndose subsistentes todas las resoluciones que se hubieran llegado a dictar, como consecuencia del cumplimiento de la indicada Resolución dictada por el Juez de garantías.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- Fragmento 5
- concedió en parte
- Acuerdo Administrativo TCP-AL-SP-065/2014 de 5 de diciembre
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la acción de libertad innovativa
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- 1° CONFIRMAR
- 2º