ENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015-S3

Fecha: 05-Ene-2015

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Los accionantes señalan que el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal habría lesionado sus derechos reconocidos por los arts. 115 y 180 de la CPE, puesto que habiendo transcurrido cuatro años tres meses y quince días de inactividad procesal, presentó excepción de extinción de la acción penal, empero la autoridad judicial en lugar de tramitarla de manera preferente, llegó a celebrar una audiencia de medidas cautelares presentada con posterioridad, además que ante esta situación presentó recurso de apelación que a la fecha de presentación de la acción de libertad transcurrieron quince días y no se remitió el recurso ante el Sala Penal de turno para su resolución.