Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia en relación a la DCP 0002/2015 de 6 de enero, en base a los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
Fecha: 06-Ene-2015
I.
La norma institucional básica de las ETA, es el instrumento jurídico que rige en particular a cada autonomía; y como tal debe respetar los fines y funciones del Estado, entre los que se encuentra garantizar la seguridad (art. 9.2 de la CPE), o específicamente la seguridad jurídica en relación al contenido de su texto normativo.