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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015-S2

    Fecha: 05-Ene-2015

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • conceder
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • i)
    • III.1. El resguardo de los derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional y los principios que la rigen
    • III.2. En cuanto al derecho a la propiedad
    • III.3. El debido proceso en sus vertientes de derecho a la motivación, fundamentación y congruencia, y derecho a la defensa material y técnica
    • III.4.
    • En concordancia con éste último principio se tiene a la impugnación tardía de las nulidades, que siguiendo al mismo autor Couture, op. cit. p. 396, se da en cuatro supuestos: 1) Cuando la parte que tiene en su mano el medio de impugnación de una sentencia y no lo hace valer en el tiempo y en la forma adecuada, presta su conformidad a los vicios del procedimiento, y en ese caso su conformidad trae aparejada la aceptación; 2) Si tiene conocimiento de la nulidad durante el juicio y no la impugna mediante recurso, la nulidad queda convalidada; 3) Si vencido el plazo del recurso y pudiéndola atacar mediante un incidente, deja concluirse el juicio sin promoverlo, también consiente, y; 4) Pudiendo promover un juicio ordinario, hace expresa declaración de que renuncia a él, también debe reputarse que con su conformidad convalida los vicios y errores que pudieran existir en el proceso
    • principio de preclusión
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • no
    • impugnación tardía de las nulidades
    • CONFIRMAR

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