SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015-S2

Fecha: 05-Ene-2015

a)

En consecuencia, impugna: a) La violación al principio de jerarquía, en función a dos Autos de Vista previos firmes e inamovibles, que aprobaron la intervención de Celia Justiniano de Méndez; emitidos por autoridades de la misma jerarquía (juez de partido en lo civil); por lo que, no podría trastocar el principio de preclusión;  b) Tales Autos, no fueron ulteriormente impugnados por ninguna de las partes, por lo que su modificación mediante un tercer auto, constituye una decisión vulneratoria a la cosa juzgada, inmodificable por imperio del art. 514 del CPC; al anular el Auto de redargución so pretexto de revisar una impersonería que fue objeto de dilucidación por otros dos Autos de Vista; de modo que resolvió hechos confirmados por el ente judicial, inobservando el principio de congruencia y pertinencia, sobre puntos absueltos por el inferior que fueron objeto de apelación y fundamentación, desconociendo la garantía del debido proceso; c) La nulidad del Auto de Vista, debió ser demandada en proceso de conocimiento como única instancia competente; y, d) La nulidad abarca implícitamente a dos Autos de Vista: uno que confirmó el incidente de redargución y otro que confirmó el rechazo de la primera solicitud de nulidad de obrados.