Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-S3
Fecha: 05-Ene-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal instaurado en su contra, el ahora demandado dispuso la celebración de audiencia de consideración de medidas cautelares el 12 de noviembre de 2013, sin tomar en cuenta que en dicho proceso se tiene denuncia presentada el 23 de diciembre de 2010, imputación formal de 26 de mayo de 2011, y un acto conclusivo de sobreseimiento de 7 de mayo de 2012.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. La apelación incidental y el plazo para su remisión ante el Tribunal de alzada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte