SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-S3
Fecha: 05-Ene-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes señalan que dentro del proceso penal que se les sigue, el Juez demandado, vulneró sus derechos a la libertad y al debido proceso, al haber dispuesto su detención preventiva mediante Auto de 12 de noviembre de 2013, sin tomar en cuenta que en su caso existe Resolución de sobreseimiento pendiente de revisión ante el Fiscal Jerárquico, pero también por haber dilatado la modificación de dicha decisión, pues por un lado, interpusieron apelación incidental, misma que no fue remitida al Tribunal de alzada, y por otro, solicitaron directamente a dicha autoridad rectificar su decisión, peticiones que no merecieron respuesta alguna, habiéndose emitido providencias que sólo retardaron sus solicitudes.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. La apelación incidental y el plazo para su remisión ante el Tribunal de alzada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte