SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2015-S3

Fecha: 16-Ene-2015

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La entidad accionante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, de petición, a la propiedad, así como la inobservancia del principio de jerarquía normativa, alegando que dentro del trámite de transferencia de vehículo realizado ante el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, esta entidad municipal, pretende, por un mismo hecho generador incurrir en un supuesto de doble tributación. En efecto, esa decisión fue asumida a través de un informe de funcionarios técnicos y luego de un proveído, actos que le imposibilitaron completar el registro de transferencia de un motorizado ante dicho Gobierno Municipal, sin tener en cuenta que ninguno de esos actos se constituyen en una resolución administrativa debidamente fundamentada que le permita utilizar la vía recursiva administrativa prevista por ley. Además, a partir de una interpretación arbitraria del art. 8.c de la Ley 154, aclarada por la Ley 317, entendiendo que la Ley Municipal Autonómica 012, tiene la misma jerarquía que dichas disposiciones nombradas, por lo que -a decir suyo- en mérito a dicha Ley Municipal, el Gobierno Autónomo podría gravar dichas transferencia con el IMT; sin considerar que el hecho generador pertenece al dominio tributario nacional, esto es al IT ante el SIN, por tratarse de una transferencia onerosa (venta) de un vehículo efectuado por una empresa.