Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2015-S3
Fecha: 16-Ene-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los abogados del accionante, en audiencia ratificaron in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción y ampliándola señalaron que, la prueba fue ofrecida y señalada; y, no es evidente que, no se realizó una minuciosa exposición de los actos disfuncionales en los que incurrió el Ministerio Público para llevar adelante el proceso, siendo “…el único fundamento que el Tribunal de Sentencia argumenta que nuestro cliente, en esa oportunidad, no hubiese fundamentado ni probado…” (sic); sin embargo, se realizó una clara fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.3. Análisis del caso concreto
- ha iniciado la investigación en fecha 31 de enero de 2009, concluyendo con una acusación en fecha 4 de enero de 2010, perdiendo el tiempo de 11 meses, tal cual se
- CONFIRMAR