SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

a la educación

La Constitución Política del Estado, en cuanto al derecho a la educación, en su art. 9.5 dispone que es fin y función del Estado: “Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo” (el resaltado es nuestro). La misma Ley Fundamental, en su art. 13.I, señala: “Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos”.