SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

II.4.

II.4.  Mediante Resolución 064/2006 de 8 de junio, el Consejo de la Academia Nacional de Policías, concluyó que el reingreso al Instituto de Tito Cáceres Penacho, al no incorporarse a la Academia Nacional de Policías en la fecha indicada en la Resolución 044/2005, resulta extemporánea e improcedente, refiriendo que no se ajusta al art. 25 del Sistema Educativo Policial Vigente (Las reincorporaciones se harán por Resolución expresa del Consejo Académico previa valoración de antecedentes académicos y disciplinarios) (fs. 14 a 15).