SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015-s2

Fecha: 16-Ene-2015

II.9.

II.9.   Por Auto de 11 de septiembre de 2013, el Tribunal Disciplinario Distrital de Potosí, dispuso la citación personal de la denunciada Melva Anagua Chumacero de Romay, con el Auto Inicial del proceso administrativo disciplinario 01/2012 de 16 de abril, y el auto interlocutorio a fin que se ponga a derecho para sumir defensa legal y se presente personalmente ante el Tribunal Disciplinario Distrital a objeto de que preste su Declaración Informativa el lunes 16 de septiembre de 2013, a horas 16:00, acompañado de su abogado defensor si tuviere, no siendo imprescindible, en cumplimiento al reglamento de faltas y sanciones disciplinarias del magisterio y personal docente y administrativo, el art. 29 del DS 23968 y el art. 61 inc. b) del Reglamento del Servicio de Educación Pública, aplicable por analogía y en la finalidad de precautelar los intereses de una gestión armónica y pacífica dentro de la institución educativa en conflicto, la igualdad procesal y el derecho a una defensa amplia dispuso desde su citación formal con el auto interlocutorio el traslado temporal de sus funciones de la maestra de aula Melva Chumacero de Romay, de la Unidad Educativa Luís Felipe Manzano “B” “6 de junio” de la localidad de Cantumarca, con goce pleno de haberes, hasta que se produzca el fallo final conforme al reglamento (fs. 97 a 98).