SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015-S3
Fecha: 15-Ene-2015
a)
Solicita se le conceda la tutela y se disponga: a) Su salida del calabozo, ordenada por la Fiscal de Materia sin ninguna facultad para disponer dicha sanción; b) La Fiscal de Materia se abstenga de la persecución penal que realiza en su contra por delitos inexistentes; además se abstenga del trato cruel, inhumano y degradante que realiza contra su persona, y se respete su dignidad de ser humano y minoridad protegida por el Estado; c) Se disponga que el órgano policial, resguarde su vida y se abstenga de cumplir órdenes ilegales e indebidas de la Fiscal demandada que no salvan de responsabilidad y agravan su situación de detenida; y, d) No sea llevada por ningún motivo a la sección de “Chonchocorito” donde se encuentran los condenados de alta peligrosidad, pues ello se contrapone a los derechos que le asiste como detenida preventiva y menor de edad.
Marco Antonio Azeñas Cusi, Gobernador de la cárcel pública “Morros Blancos”, a través de su abogado, en audiencia señaló: a) La accionante dirigió mal su acción de libertad puesto que su persona no se encontraba en el lugar de los hechos; b) Mediante Memorándum 03/2014 de 25 de febrero, se designó a una Directora del pabellón de mujeres, lo cual demuestra que su persona no tiene el control para realizar la vigilancia y todo lo que acontece en dicho pabellón, pues es Director del sector de varones; c) La Fiscal solo actuaba con fines investigativos y “…solicitando como medida de seguridad la fiscal e procede al aislamiento de la accionada y no de confinamiento…” (sic); y, d) Solicitó que se deniegue la tutela solicitada respecto a su persona, y con relación a los codemandados manifiesta que éstos solo cumplieron su función.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- una de las formas en que se manifiestan estas violaciones vinculadas a la libertad, está la referida al agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado
- III.2. Los menores de edad en recintos carcelarios
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR
- 2º