Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2015-S3
Fecha: 30-Ene-2015
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante por medio de su representante, alega la lesión de sus derechos a la libertad, igualdad de las partes, debido proceso, salud y vida, citando al efecto los arts. 13, 14, 15, 18.I, 21.7, 22, 23, 24, 46, 62, 73, 109, 110, 113, 115, 117, 119 y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
- debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto