AUTO CONSTITUCIONAL 0369/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0369/2015-CA

Fecha: 09-Oct-2015

Fragmento 11

Consiguientemente, la acción planteada no contempla las condiciones establecidas en el Fundamento Jurídico II.3 de esta Resolución, que esgrime, el deber de argumentar y fundamentar, de qué forma la referida norma impugnada es contraria a la Ley Suprema; asimismo, no existe una vinculación necesaria entre la validez inconstitucional de la disposición legal impugnada; es decir, que esta acción normativa debe ser rechazada cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales, así lo establecieron los Autos Constitucionales 0041/2015-CA de 2 de febrero, 167/2014-CA de 3 de junio, entre otras.