AUTO CONSTITUCIONAL 0369/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0369/2015-CA

Fecha: 09-Oct-2015

toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial


El art. 72 del CPCo, determina que: “Las Acciones de Inconstitucionalidad son de puro derecho y tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado, a instancia de las autoridades públicas señaladas en el presente Código”. Asimismo, el art. 73.2 del referido Código, establece que la acción de inconstitucionalidad de carácter concreta, “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas nos corresponde).