Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2015-S3
Fecha: 06-Oct-2015
i)
Nelson Luizaga Vargas, mediante memorial presentado el 20 de marzo de 2015, cursante de fs. 99 a 100, señaló que: i) Fue obligado a firmar el documento transaccional de 18 de abril de 2006; ii) El proceso de cumplimiento de obligación es deliberado y fraudulento, al no haberse dispuesto la notificación a su esposa; iii) No se demostró dentro del proceso de cumplimiento de obligación que el contrario haya erogado gastos por el referido proceso; y, iv) Sus abogados apoderados, obraron negligentemente al no haber interpuesto el recurso de casación dentro del proceso ordinario de cumplimiento de obligación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR