SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

denegó

El Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de Garantías, mediante Resolución 152/2015 de 11 de abril, cursante de fs. 26 a 27 vta., denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: 1) La aprehensión dispuesta fuera de las normas constitucionales, debe ser denunciada ante la autoridad jurisdiccional, para que ésta adopte una determinación conforme a derecho; además, si el imputado no hubiese denunciado, podrá hacerlo en cualquier momento de la etapa investigativa; 2) La acción de libertad tiene el carácter subsidiario de manera excepcional, es decir, la persona agraviada debe previamente acudir a los estrados ordinarios para hacer valer o respetar sus derechos, una vez agotada esta vía, podrá activar la acción de defensa, por lo que, la jurisdicción constitucional no es sustituta, ni alternativa de los medios ordinarios; y, 3) Respecto a la integridad física de los encausados, no se exhibe presencia de tortura.