SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2015-S3

Fecha: 12-Oct-2015

concedió

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -junto al Voto dirimidor de la Vocal de la Sala Penal Primera-, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 21/2015 de 26 de marzo, cursante de fs. 262 a 265 vta., concedió la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante demostró que es una persona con capacidades diferentes; y por ende, goza de la protección de los arts. 70 y 71 de la CPE; por lo que, al disponerse la desvinculación laboral sin ninguna causal, se incurrió en una restricción a su derecho laboral e incluso en discriminación, maltrato y violencia psicológica; b) De acuerdo a la Ley General para Personas con Discapacidad -Ley 223 de 2 de marzo de 2012- y su respectivo Reglamento, las personas con capacidades diferentes, gozan de estabilidad laboral; empero, tal normativa fue omitida por los demandados; c) Si bien se alegó que existe una orden de reincorporación; sin embargo, de la lectura del memorándum, se tiene que no se señala el ítem del accionante, no se hace mención al pago de salarios devengados o al seguro médico y no se hicieron las gestiones necesarias para notificar dicho memorándum al ahora accionante en mano propia; y, d) Los derechos fundamentales no pueden ser desconocidos por un mero incumplimiento de formalismos como pretende hacer ver la parte demandada.