Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
II.2.
II.2. Por conminatoria de reincorporación JRTEA-LMCH 036/201 de 30 de mayo de 2014, la Jefa Regional de Trabajo, Empleo y Previsión Social a.i. de El Alto, conminó al Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, a que proceda a reincorporar al hoy accionante, al puesto de trabajo que ocupaba; y, proceder al pago de salarios devengados y demás derechos sociales; determinación con la que el actual accionante fue notificado el 3 de junio de ese año (fs. 18 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- tomándose en cuenta la inmediatez de la protección
- cuya interposición no implica la suspensión de la reincorporación
- el cómputo del plazo de los seis meses de inmediatez comenzará a correr a partir de que el empleador se rehúse a cumplir la conminatoria
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- REVOCAR