SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0981/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0981/2015-S2

Fecha: 08-Oct-2015

II.1.

II.1. Cursa Acta de Registro de Audiencia Pública para considerar la aplicación de medidas cautelares de carácter personal de 13 de marzo de 2015, en el cual, el Fiscal de Materia señaló que el Ministerio Público cumplió con la publicación de edictos de ley el 6 y el 13 de marzo de 2015 la segunda publicación, adjuntando la primera, con el compromiso de adjuntar la segunda “que es de la fecha de hoy” (sic) y a objeto de que no se arguya por parte de los imputados que aún tienen el plazo de diez días, en virtud al “art. 165, y conforme se tiene la publicación mediante edictos los imputados tienen legal conocimiento en esa virtud y al no haber concurrido a esta audiencia judicial, conforme señala el art. 87 númeral 1) esto es de que el imputado podía justificar su inconcurrencia sin embargo no lo ha hecho así, es por eso que vamos a solicitar la rebeldía de los imputados y con las emergencias del art. 89 del Código de Procedimiento Penal, esto es designando un defensor de oficio, la publicación de sus datos y señas particulares, y el mandamiento de aprehensión pertinente” (sic.) es cuanto solicitaron (fs. 46)