SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2015-S2

Fecha: 08-Oct-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Los servidores públicos demandados, en base a un simple Aviso de Conocimiento de Infracción (ACI) 133/2015 de 10 de febrero, supuestamente emergente de una inspección llevada a cabo en inobservancia del procedimiento específico y sobre la cual no existe acta alguna que hubiera sido puesta en su conocimiento, procedieron arbitrariamente mediante vías de hecho a la clausura y precintado de “COFAR S.A.”, desechando el procedimiento expreso establecido en el numeral 11.1 de la Resolución Ministerial (RM) 0250 de 14 de mayo de 2003 del Sistema Nacional de Vigilancia y Control de Medicamentos.

Agrega que la sanción impuesta, omitió considerar que la misma solamente resultaba procedente como consecuencia de un debido proceso y a través únicamente de una resolución administrativa; sin embargo, en el caso concreto, éste no existió, impidiéndose a la empresa continuar con sus labores atentando no solamente los derechos de la entidad sino también del pueblo en general por cuanto la producción y comercialización de medicamentos tuvo que detenerse, ocasionándose también pérdidas cuantiosas de dinero por la no comercialización de productos y por el incumplimiento de compromisos asumidos con varias instituciones de salud; amén de que se ha puesto en riesgo las fuentes de trabajo de las personas a las cuales se emplea.

Finaliza reiterando que la clausura y precintado de laboratorios “COFAR S.A.”, en franco desconocimiento del procedimiento, los ha colocado en absoluta indefensión impidiéndoles acceder a los mecanismos de defensa que la propia norma prevé a través de impugnaciones, presentación de pruebas de descargo y otros; y que, al no existir mecanismo alguno de impugnación contra el ACI 133/2015, se abre la vía constitucional.