SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

Fragmento 20

En ese ínterin, por memorial de 9 de abril de 2015, el accionante, reiteró nuevamente su petitorio anterior; ante ello, Eduardo Borda Mazuelos, Gerente General y María Alejandra Zambrana Aguirre, Asesora Legal, ambos de COTEAUTRI Ltda., mediante Oficio ASESORIA LEGAL 04/2015, respondieron a los memoriales de 7 y 9 de abril de 2015, manifestando que, la documentación solicitada en los puntos 1 al 4 de su petitorio, no pueden ser otorgadas por no estar vigentes y estar siendo compatibilizada y readecuada con la nueva Constitución Política del Estado y la normativa laboral vigente; en cuanto al punto 5, indican que no acredita el interés legal para requerir dicha documentación, más aún si existe una Organización Sindical que representa a todos los trabajadores de la institución; con relación a la nota de 24 de marzo de 2013, con la cual impugna y rechaza el Memorando 08/2015, le informan que mediante Resolución de Directorio Conjunta 19/2015, quedó suspendido el proceso sumario informativo a su persona, por el cual se instruye a la Jefatura de Recursos Humanos extender el Memorando de reincorporación a sus funciones.