SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

II.5.

II.5. Eduardo Borda Mazuelos, Gerente General y María Alejandra Zambrana Aguirre, Asesora Legal, ambos de COTEAUTRI LTDA, mediante Oficio ASESORIA LEGAL 04/2015, dirigido a Ulises Algarañaz Ibáñez, respondieron a los memoriales de 7 y 9 de abril de 2015, manifestando que: “Al respecto comunicamos a usted, que la documentación pedida en los puntos 1 al 4 no se encuentran vigentes a la fecha ya que está siendo compatibilizada y readecuada con la nueva C.P.E. y la normativa laboral vigente; en ese sentido no podemos otorgarle lo solicitado a su persona ya que la documentación podría ser mal entendida bajo la óptica que si su persona pretende ejercer sus derechos laborales esta documentación no podría servirle ni favorecerle.

Con relación a la respuesta a la nota de fecha 24/03/2015, en la cual impugna y rechaza el Memorando N° 08/2015, es necesario informarle que con Resolución de Directorio Conjunta N° 19/2015 de fecha 08/04/2015 queda suspendido el proceso sumario informativo a su persona, por el cual se instruye a la Jefatura de Recursos Humanos extender el Memorando de reincorporación a sus funciones” (Sic.) (fs.22).