Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante estima como lesionados sus derechos a la libertad, a la dignidad, al debido proceso, a la igualdad de las partes, a la defensa, a ser oído por autoridad competente y a los principios de inocencia y celeridad, citando al efecto los arts. 21.2, 22, 23, 115.II, 116.I, 119, 120.I, 178.I, 180 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1. Contenido de la demanda
- NO HA LUGAR POR NO ATENERSE AL ART. 87 num. 1) DEL LEY 1970
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- en fecha 27 de Marzo fue declarado rebelde el Sr. G. Isidro Canqui quien habría purgado en fecha 30 de Marzo de 2015, por un error involuntario en el decreto no se habría considerado la misma quedando sin efecto el presente decreto dando por purgada la rebeldía en fecha 8 de abril de 2015. Asimismo, hago conocer que la parte impetrante no presentó memorioal dando a conocer dicho error en el decreto a la fecha
- CONFIRMAR