SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2015-S3

Fecha: 12-Oct-2015

Fragmento 6

Oscar William Sotomayor Salvatierra, Juez Mixto de Partido en lo Civil y Familiar de Riberalta del departamento de Beni, mediante informe escrito presentado el 10 de abril de 2015, cursante a fs. 24 y vta., manifestó que: a) La audiencia se tuvo que suspender por inasistencia del defensor público, el menor imputado, la representante de DEMUNAR y la víctima; b) Siendo notificado el defensor público de manera personal, no puede pretender justificar su irresponsabilidad de inasistencia a la audiencia señalada, dejando en estado de indefensión al imputado, pues el hecho que manifieste que se encontraba en instalaciones de la Casa de Justicia, no significa que se presentó a la audiencia; c) Como no se hizo conocer nada sobre la situación del menor, de oficio se señaló nueva audiencia, cumpliéndose con las notificaciones a las partes, posteriormente defensa pública solicitó nuevo señalamiento, decretándose que se esté al señalamiento efectuado de oficio; llevándose a cabo el día 10 de abril de 2015 a hrs. 9:00, con la presencia de las partes, determinándose en la misma la aplicación de medidas sustitutivas establecidas en el art. 288 inc. a) y c) del Código Niña, Niño y Adolescente -Ley 548 de 7 de julio de 2014-, expidiéndose el respectivo mandamiento de libertad a favor del menor imputado; y, d) Solicitó se deniegue la acción de libertad interpuesta.