SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

cuando el fiscal no cumple dentro del plazo previsto por ley con la conminatoria efectuada por el Juez cautelar

Al respecto, la SC 1173/2004-R de 26 de julio, efectuando un análisis de la extinción de la acción penal por haber transcurrido los seis meses de la etapa preparatoria, señaló lo siguiente: “(…) no es posible declarar la extinción de la acción penal por el mero transcurso del tiempo, sino que es necesaria una Resolución de la autoridad jurisdiccional, expresa y fundamentada, que declare su extinción, cuando el fiscal no cumple dentro del plazo previsto por ley con la conminatoria efectuada por el Juez cautelar.