SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2015-S3

Fecha: 29-Oct-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de robo, interpuso incidente de actividad procesal defectuosa contra la Resolución de imputación formal formulada en su contra, misma que fue resuelta en audiencia de 5 de noviembre de 2014, por el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, quien declaró improcedente el mismo mediante la Resolución 454-A/2014 de la misma fecha, la cual como consta en acta, no fue notificada por su lectura, por lo que ante la falta de notificación, el 21 de noviembre de 2014, dándose por notificado, interpuso apelación incidental contra dicho fallo.

Luego de los traslados correspondientes y previo sorteo, dicha apelación fue remitida ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, cuyos miembros emitieron la Resolución 367/2014 de 15 de diciembre, por la cual resolvieron declarar inadmisible el señalado recurso por haberse interpuesto fuera del término legal de tres días, establecido en el art. 404 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin considerar que la apelación presentada se encuentra dentro de los alcances del citado artículo.