SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2015-S2

Fecha: 20-Oct-2015

i)

Freddy Ambrosio Colque Apaza, Fiscal de Materia, en audiencia presentó informe oral señalando que: i) La SCP 0080/2010-R de 3 de mayo, estableció tres supuestos por los cuales el Tribunal Constitucional Plurinacional no puede ingresar al fondo de una problemática planteada a través de la acción de libertad, en el primer supuesto establece que antes de existir imputación formal, se debe acudir al Juez de Instrucción en lo Penal de turno; cuando el accionante señaló que no existe proceso penal abierto en su contra debió acudir ante dicha autoridad o a la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal que tiene a cargo el control jurisdiccional del presente caso, al no haberlo hecho no ha cumplido el principio de subsidiariedad; ii) Paulino Quintanilla Hinojosa voluntariamente se constituyó en garante de su hermano; cuando los efectivos policiales le llevaron para dar con el paradero del sindicado, éste proporcionó datos falsos sobre su domicilio y edad alegando ser menor de edad por lo que correspondería la aplicación de lo dispuesto por el Código Niño, Niña y Adolescente, constatando dicho extremo, una vez verificado sus antecedentes se lo liberó de inmediato con la presentación de dos garantes; y, iii) En las primeras actuaciones investigativas, los funcionarios policiales tienen toda la facultad de arrestar a las personas en los primeros actos investigativos, incluso sin poner en conocimiento de la autoridad jurisdiccional.