Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1067/2015-S2
Fecha: 27-Oct-2015
1)
El abogado del accionante manifestó: 1) La Sentencia dictada por el Juez Agrario es arbitraria, toda vez que en este tipoi de resoluciones tiene que haber una estructura lógica, tiene que tener una identificación, exposición, descripción y una valoración de manera concreta de la prueba; 2) No se puede admitir en este tipo de procesos prueba testifical, debido a que, no da fe como es el caso del Notario, solo se debe valorar la prueba documental; y, 3) No se quiso admitir prueba documental que tiene que ver con el objeto del proceso; por lo que, fue desconocida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. En cuanto al debido proceso y su configuración
- III.3. Fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR