Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1080/2015-S2
Fecha: 27-Oct-2015
II.2.
II.2. Voto Resolutivo de 30 de noviembre de 2014, del Sindicato “Sacta Palmar”, afiliado a la Central Ivirgarzama, provincia Carrasco del departamento de Cochabamba, a través del cual solicitó al directorio del Galpón de Coca “1 de Mayo” de Ivirgarzama, no asumir ninguna determinación sobre la denuncia que presentó Peregrina Franco Gutiérrez contra Teodora Gutiérrez Franco, porque orgánicamente corresponde al Sindicato “Sacta Palmar” resolver los conflictos internos de sus afiliados (fs. 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Medidas de hecho o vías de hecho
- III.2. Sobre el derecho al trabajo
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo