SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2015-S2
Fecha: 27-Oct-2015
III.2. Análisis del caso
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente según fue ya expuesto en el apartado de Conclusiones del presente fallo, se advierte que los accionantes, se encuentran con detención preventiva, dispuesta mediante Resolución 011/15, emitido por Ysabel Sarita Masa Moruno, Jueza de Instrucción Mixta de San José de Chiquitos del departamento de Santa Cruz; no conformes con dicha resolución, los accionantes, formularon recurso de apelación incidental, el 24 de abril de 2015, que por decreto de 27 de abril del mismo año, la autoridad jurisdiccional dispuso traslado, en ese interín, presentaron memorial el 30 de abril de 2015, solicitando señalamiento de audiencia de cesación de la detención preventiva; no obstante, la autoridad judicial por decreto de 4 de mayo de dicho año, dispuso no ha lugar por encontrarse pendiente la resolución del recurso de apelación dispuesta por Resolución 011/2015; sin embargo, ordenó su remisión al Tribunal Departamental de Justicia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- III.1.La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- III.2. Análisis del caso
- REVOCAR en parte