Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2015-S3
Fecha: 05-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, a la defensa, al debido proceso, a la justicia pronta y oportuna y al principio de celeridad, por cuanto considera que, habiendo solicitado la cesación de detención preventiva, el Tribunal de la causa no se pronunció al respecto, dentro del plazo otorgado por el art. 239.3 del CPP modificado por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, demorando en la resolución de su situación jurídica.