SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1079/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1079/2015-S1

Fecha: 03-Nov-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante sin mandato, alega la lesión su derecho al debido proceso en sus vertientes de los derechos a la defensa; a la igualdad procesal de las partes; a la comunicación previa de la acusación; a la impugnación; y, a la fundamentación y motivación congruente y clara; toda vez, que la autoridad demandada emitió un Mandamiento de Apremio que fue ejecutado el 19 de mayo de 2015, a consecuencia de una demanda de asistencia familiar que nunca fue de su conocimiento; por lo que solicita se anule todo lo actuado en esa causa hasta   el vicio más antiguo; es decir, hasta la diligencia de notificación en tablero del Juzgado "de fs. 45 inclusive"(sic), disponiendo que se practiquen las citaciones y notificaciones conforme a procedimiento y en su domicilio real ubicado en la calle Loreto 2010, zona Central canal Cotoca de la ciudad de Santa Cruz.