SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1079/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1079/2015-S1

Fecha: 03-Nov-2015

III.4 Otras consideraciones

Como se tiene de la Resolución 13/15 de 22 de mayo de 2015, uno de los fundamentos utilizados por el Juez de garantías fue que el accionante activo de manera paralela la justicia ordinaria y la constitucional, al haberse presentado un incidente de nulidad de obrados, dicha aseveración debió ser respaldada por el aludido Juez, quien tiene la obligación de remitir todos los actuados principales que sirvieron para resolver la acción tutelar, al no haberlo hecho dejo en incertidumbre a este Tribunal sobre lo mencionado, por lo que se recomienda que en futuros casos se remita toda la documental pertinente a efectos de hacer un análisis acorde a los datos existentes.