SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

1)

Sergio Ramiro Berbetty Quiroga, como representante legal de INBOLTECO S.A., del departamento de Cochabamba, mediante informe escrito presentado el 12 de mayo de 2015, cursante de fs. 116 a 124, refirió que: 1) El trabajador se ausentó de manera injustificada por más de seis días de su puesto de trabajo, generando gran perjuicio a la empresa que representa, habiendo presentado un certificado médico por una supuesta agresión recién el 5 de enero de 2015, es decir, siete días después; 2) Se comunicó al trabajador vía telefónica que debía acreditar lo indicado en el certificado médico; empero, esté no volvió a presentarse, es así que a finales de enero se lo llamó nuevamente, esta vez para comunicarle que se le iniciaba proceso disciplinario y que debía presentar sus respectivas pruebas de descargo por las faltas injustificadas en las que incurrió, pero al no presentarse y tampoco acompañar prueba alguna se emitió la Resolución de 4 de febrero de 2015, que dispuso su desvinculación laboral; 3) Para asumir tal decisión, se consideraron tanto los diferentes informes presentados como la normativa que establece la sanción a este tipo de faltas; 4) En una reunión sostenida con el hoy accionante junto a representantes sindicales y fabriles, presentó un certificado médico de la Caja de Salud con fecha 11 de febrero de 2015, por cuanto la misma fue emitida recién cinco días después de la desvinculación laboral, la cual tampoco cumplía las normas del Instituto Nacional de Seguros de Salud (INASES) para bajas extemporáneas; y, 5) Toda la prueba presentada en la audiencia ante la Jefatura Departamental de Trabajo, como los fundamentos realizados en relación al despido, no fueron considerados a momento de dictar la conminatoria de reincorporación, lesionando los derechos al debido proceso de la empresa que representa, por ende, se pretende el cumplimiento de una resolución sin motivación ni fundamentación.