Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1108/2015-S3
Fecha: 05-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega como vulnerados sus derechos a la libertad de locomoción y el debido proceso, toda vez, que pese haber formulado excepción de extinción de la acción penal por prescripción ante el Tribunal de la causa, las autoridades demandadas, declararon inadmisible su recurso de casación sin considerar el planteamiento de la excepción referida que era de previo pronunciamiento, omitiendo esa situación con la consecuente ejecutoria de la Sentencia condenatoria dictada en su contra, y la orden de librarse mandamiento de condena dispuesta por el Tribunal de instancia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Resuelto el recurso de casación interpuesto, estese al Auto Supremo 527/2014-RA de 7 de octubre
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- improcedencia
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR