SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1108/2015-S3
Fecha: 05-Nov-2015
Resuelto el recurso de casación interpuesto, estese al Auto Supremo 527/2014-RA de 7 de octubre
A dicho oficio, la Presidenta de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, emitió el decreto de 28 de octubre de 2014, indicando lo siguiente: “Resuelto el recurso de casación interpuesto, estese al Auto Supremo 527/2014-RA de 7 de octubre” (sic), que desconocía al no haber sido notificado sino hasta el 27 de ese mes y año, además que el trámite del recurso de casación debió ser suspendido por la citada Sala Penal en mérito al decreto de 2 de octubre de 2014.
Sorprendentemente, el 21 de abril de 2015, se le notificó con la Resolución de 31 de marzo de 2015, emitida por el Tribunal Cuarto de Sentencia Penal por la que se dispuso la ejecutoria de la Sentencia 102/2013, sin que ese Tribunal hubiera tramitado oportuna, legal y diligentemente la excepción de extinción de la acción penal por prescripción, obviando su pronunciamiento y disponiéndose que se libre el mandamiento de condena.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Resuelto el recurso de casación interpuesto, estese al Auto Supremo 527/2014-RA de 7 de octubre
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- improcedencia
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR