SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1111/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1111/2015-S1

Fecha: 05-Nov-2015

II.3.

II.3.  De la Resolución 288/2015 de 26 de mayo, se tiene que la Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de La Paz, dispuso en audiencia pública de medidas cautelares, respecto a Daniela Fabiana Duarte Luna y Moisés Manuel Ocampo Díaz, medidas sustitutivas a la detención preventiva, consistentes en: detención domiciliaria con cuatro custodios para cada uno de los cautelados; arraigo; fianza económica de Bs50 000.- para cada uno de ellos; y, prohibición de concurrir al lugar de los hechos, excepto a objeto de ejercer su derecho a la defensa y coadyuvar con la investigación; otorgando el plazo de tres días para el cumplimiento de las referidas medidas y haciendo constar que el mandamiento de detención domiciliaria será librado una vez que se acredite el domicilio que ocuparán los referidos coimputados; asimismo, consta de la lectura del Acta de Audiencia, que la defensa de los mismos interpuso recurso de apelación en aplicación de lo previsto por el art. 251 del CPP; por lo que la autoridad jurisdiccional, conminó a los apelantes a la provisión de recaudos de ley a objeto de la remisión a la instancia superior (fs. 60 a 66 vta.).