SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1118/2015-S2
Fecha: 03-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante aduce la vulneración de sus derechos constitucionales al debido proceso en sus elementos derecho a la defensa, a una justicia plural, pronta y oportuna, transparente y sin dilaciones; así como la falta de fundamentación y valoración de la prueba de la Resolución del Fiscal Departamental que revoca la Resolución de rechazo de denuncia, emitida por el Fiscal de Materia en el caso FELCC-LG-177/2014, toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra por los delitos de falsedad material y otros, no ha considerado su participación como abogado patrocinante de uno de los imputados, tampoco el hecho de que ya existía imputación formal contra ellos y la etapa preliminar ya habría concluido, además de la conminatoria del juez de control jurisdiccional, ya que al momento de la revocatoria ya no se encontraba bajo tal control jurisdiccional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) Derecho a la defensa
- Fragmento 12
- III.2. El rol del Ministerio Público en la investigación de los delitos
- c) Promover la necesaria coherencia y seguimiento de las actividades policiales en relación a la investigación
- Fragmento 15
- CONFIRMAR en todo