SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1121/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1121/2015-S2

Fecha: 06-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 2 de mayo de 2015, se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares, en la que el Juez demandado sin valorar adecuadamente la existencia de indicios para establecer que es con probabilidad autor o partícipe del hecho delictivo, determinó su detención preventiva; razón por la cual, al amparo del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP) en la misma audiencia interpuso recurso de apelación incidental contra la Resolución emitida, solicitando se remitan antecedentes al Tribunal de alzada en el plazo de veinticuatro horas; sin embargo, hasta la fecha de presentación de esta acción de libertad transcurrieron nueve días sin que se realice dicho envío, encontrándose privado de libertad a pesar que hizo constar estas dilaciones en forma oral y escrita.