SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2015-S2

Fecha: 06-Nov-2015

denegó

El Juez Séptimo de Sentencia y Partido Liquidador del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 30/2015 de 21 de mayo, cursante de fs. 17 a 18 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación es evidente que los encargados de las “prisiones” deben disponer la libertad inmediata del detenido frente a un mandamiento de libertad que emana de autoridad competente; sin embargo, previo a ello de manera inmediata y sin que ello signifique una demora indebida deben verificar que existen o no otros mandamientos del imputado como determinar si el mandamiento de libertad  presentado es auténtico, en ese sentido la SC 1696/2004-R de 22 de octubre, la obligación de que el detenido con la sola presentación del mandamiento se dejó en libertad, empero resulta implícito el deber jurídico que recae en la gobernación de la cárcel, de tomar las debidas previsiones para evitar que alguien sea puesto en libertad teniendo otros mandamientos pendientes o que el mandamiento de libertad pueda contener alguna falsedad material o ideológica lo cual le impele a tener que verificar y solicitar la información pertinente y revisar previamente los registros antes de dar curso al mandamiento; y, ii) Se encuentran dos pruebas adjuntadas, se ha informado sobre la veracidad del mandamiento de detención domiciliaria así como la existencia de otros mandamientos y se encuentra expedida a nombre del accionante.