SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1137/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante, a tiempo de ratificar in extenso lo expuesto en la acción formulada, en audiencia adujo que la primera falta de fundamentación para indicar que los elementos de prueba eran insuficientes, es mencionar que la víctima fue objeto de violación, omitiendo en estado de inconciencia, cuando la imputación dice “violación en estado de inconciencia”; es decir, no se observa el nexo causal entre el motivo de la impugnación y la obligación de fundamentar de oficio su Resolución; consecuentemente, la Resolución del Fiscal Departamental, es errónea, sesgada, incoherente y alejada de los fundamentos fácticos legales de la denuncia, la querella y la imputación, como antecedentes a los hechos denunciados.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso
- III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componente del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo