Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1137/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
II.4.
II.4. El 9 de mayo de 2013, Leonora Llusco Huayta accionante, por escrito dirigido al Fiscal de Materia de Chulumani, objetó la ilegal resolución de sobreseimiento, alegando que la misma contendría graves falsedades y mentiras, a través de la cual la autoridad pareciera que considera que el hecho de violación no tendría relevancia y contrariamente enarbola la presunción de inocencia, el indubio pro reo y el principio de favorabilidad para favorecer a los violadores, sin dar valor a los normas que protegen los derechos de las mujeres a no sufrir violencia física, sexual o psicológica y a la reparación en forma oportuna (fs. 41 a 44).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso
- III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componente del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo