Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
denegado
En consecuencia, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances de la acción de amparo constitucional, por lo que, el Tribunal de garantías al haber denegado la tutela solicitada, efectúo una adecuada compulsa de los antecedentes del proceso y la aplicación al citado precepto constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- firmó en constancia de conformidad en la misma calificación, y en el mismo acto el postulante consultó al tribunal evaluador si el puntaje de 47 le alcanzaba para optar la residencia de especialidad de imagenología, a lo que el Tribunal en su conjunto luego de darle las explicaciones legales respondió que el puntaje no le alcanzaba para aprobar y optar a esta Residencia Médica” (sic),
- denegado
- Fragmento 13