SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1163/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En mérito a su delicado estado de salud, se le diagnosticó artrosis degenerativa, hecho que provocó que durante el tiempo que se encontraba privado de libertad, fuera internado de emergencia en reiteradas oportunidades e incluso intervenido quirúrgicamente, por tal razón, viene tramitando el beneficio de indulto al que previsiblemente accederá; así, el Juez demandado emitió la Resolución 376/2015 de 17 de junio; por la cual, le concedió el beneficio de detención domiciliaria, ordenando “medidas sustitutivas” -condiciones y reglas a cumplir durante el tiempo de permanencia en su domicilio-, mismas que cumplió, pues ya se efectuó la verificación domiciliaria y los garantes suscribieron el acta respectiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PROCÉDASE AL ARRAIGO DEL PENADO BORIS VALERIO GUTIÉRREZ VALENCIA
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- CONFIRMAR