Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1163/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, denuncia que las autoridades demandadas dilataron la obtención del beneficio de detención domiciliaria que le fue concedido mediante Resolución 376/2015 de 17 de junio, pues se le negó la entrega del mandamiento respectivo, sin tomar en cuenta que cumplió con las condiciones impuestas para acceder a dicho beneficio, y que respecto al arraigo ordenado, no puede tramitar el mismo debido a un error en la citada Resolución donde se consigna el nombre de otra persona; el cual, la Jueza codemandada se niega a corregir.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PROCÉDASE AL ARRAIGO DEL PENADO BORIS VALERIO GUTIÉRREZ VALENCIA
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- CONFIRMAR