SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1174/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1174/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

Fragmento 17

En el presente caso existe una circunstancia particularizada; el accionante, es un empleado con un contrato a plazo fijo, que corría por once meses, conforme se tiene del memorándum Cite No. GG 59/2014, designado como JEFE DE MAESTRANZA DE “EMAS”, así señalado en las Conclusiones II.3; sin embargo, como indica la Constitución Política del Estado la protección que se brinda al nuevo ser en gestación alcanza a los padres progenitores que sean funcionarios públicos o presten servicios en empresas privadas en razón a que se busca proteger el derecho a la vida, de ahí que el accionante en atención a su derecho que le asiste, debió terminar el periodo que restaba a su contrato a plazo fijo; pero tomando en cuenta que la audiencia de acción de amparo constitucional fue llevada a cabo el 23 de junio de 2015 por el Tribunal de garantías, no es posible el cumplimiento obligatorio de la conminatoria de reincorporación a su fuente laboral, dispuesto por el Jefe Departamental del Trabajo de Chuquisaca, debido a que el contrato a plazo fijo feneció el 13 de junio del año señalado, esto por las características del contrato a plazo fijo.