SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1175/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1175/2015-S2

Fecha: 11-Nov-2015

II.1.

II.1. Cursan fotocopias legalizadas del expediente del proceso disciplinario seguido por la Encargada de Transparencia Institucional del Consejo de la Magistratura contra Trinidad Peña Agüero, Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia Primero de Yacuiba, ahora accionante, por la supuesta comisión de la falta grave 187.2 de la LOJ (no promover la acción disciplinaria en contra de su personal, estando en conocimiento de alguna falta grave y calificado como falta leve establecida en el art. 186.8 de la LOJ, cualquier otra acción que represente una conducta profesional inapropiada o descuido en el ejercicio de sus funciones que pueda ser reparada o corregida) (fs. 13 a 174); Certificación de la encargada de control de personal del Consejo de la Magistratura (fs. 175); fotocopias de resúmenes de jurisprudencia del Consejo de la Magistratura (fs. 176 a 183); y, Resolución Definitiva 01/2014 de 3 de enero, dentro del trámite disciplinario seguido por Hilarión Solís Godoy y otros contra Trinidad Peña Agüero, Ernesto Félix Mur y otros (fs. 184 a 191 vta.).