Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1185/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
Fragmento 10
El accionante estima como vulnerado sus derechos a impugnar las decisiones judiciales, a la motivación y fundamentación, al debido proceso y a la defensa, al haber el Juez demandado rechazado por extemporaneidad el recurso de reposición interpuesto contra la providencia de 2 de febrero de 2015, sin considerar la incorrecta diligencia de notificación realizada en un domicilio procesal distinto al señalado.